La siguiente situación está normalmente relacionada con la inversión en empresas de baja capitalización. Para ser más concreto, en los casos en los que la empresa abandona el índice principal, normalmente debido a una caída prolongada de su cotización.
Antes de desarrollar la idea, quiero recordar que la inversión en este tipo de empresas de baja capitalización tiene un alto nivel de riesgo y es muy complicado invertir en ellas por fundamentales debido a su volatilidad y las casuísticas adicionales que se pueden dar.
RIESGO DE EXCLUSIÓN

¿Qué ocurre cuando una empresa deja de cotizar en el mercado principal? Una imagen vale más que mil palabras, leo a continuación:
«Tattooed Chef (US87663X1028), recientemente ha dejado de cotizar en el Nasdaq y ahora lo hace en el OTC. Lamentablemente, no ofrecemos acceso al mercado OTC, por lo que no es posible incrementar o cerrar su posición.»
Así es, DEGIRO no puede a fecha de hoy operar fuera de los índices principales. Por tanto, existe un riesgo adicional de exclusión de mercado a la hora de operar en empresas de baja capitalización.
¿Cómo se procede en estos casos?

Que quede por delante que es una situación complicada, porque implícitamente significa que tienes minusvalías sin aflorar en esa posición. Veamos cómo sigue:
«Para liquidar una posición que tengas en mercado OTC en DEGIRO tienes las siguientes opciones:
- Si la acción está cotizando por encima de 1 USD puedes hacerlo a través de una orden por correo electrónico.
- Esperar, en caso de que ocurra, que el producto vuelva a ser listado en un mercado que ofrezcamos.
- Traspasar la posición a otro mercado que Degiro ofrezca.
- Consultar la posibilidad de un traspaso de valores a otro broker que ofrezca mercado OTC.
- Renunciar a la totalidad de los derechos sobre el producto.
- Mantener los derechos económicos futuros aunque la Fundación DEGIRO los mantenga en custodia.»
De esto que acabo de leer destaco las siguientes opciones.
Vender la acción

Aunque se den las condiciones de vender la acción y así aflorar minusvalías, a tener en cuenta que estamos fuera de las tarifas habituales. Una transacción de este tipo tiene un coste en comisiones SUPERIOR al habitual. Por otro lado, esta orden por mail sólo se puede emplazar si la acción está por encima de 1 Dólar. En caso contrario, esta opción no es posible.
Esperar
Quedarnos con la posición abierta (Mantener la posición) de manera indefinida puede resultar en que tengamos un producto inoperable durante años o incluso ya de forma permanente si la empresa jamás vuelve al índice principal. De todas formas, con esta opción siempre dejas abierta una posibilidad favorable para ti por si cambian las tornas.
Traspasar la posición

Si tienes cuenta en otro broker que sí te permite operar en este mercado, puedes considerar la opción de traspasar la acción. Recuerda que esta opción implica comisiones y trámites.
Renunciar a la acción
Tal y como lo veo, renunciar a los derechos sobre el producto significa desentenderte de esa posición, darla por perdida y cederla al broker con todas sus consecuencias.
¿Cómo tributa cada caso?
¿Cómo sería la tributación en cada caso? Aquí se plantean 2 situaciones:
- Si finalmente conseguiste vender la acción
- Si renunciaste a ella
En el primer caso, tributaría por la vía habitual en la Declaración de la Renta.
En el segundo caso, y esto es opinión PERSONAL mía y puedo estar equivocado, la renuncia implica la cesión total de los derechos sobre esa posición. Has elegido desentenderte de ella y cederla a un tercero (Cambio de titular). Esto implica también cualquier decisión futura sobre la posición, como por ejemplo venderla más adelante. Fiscalmente yo NO lo declararía como venta de acciones. De hecho, casi que me lo tomaría como que esa inversión nunca se realizó.
CONCLUSIONES
Como conclusión, decir que el broker ha puesto sobre la mesa varias opciones (Sí, todas ellas desagradables dado el caso especial del que estamos hablando). Entre esas opciones estaba el vender o intentar vender la posición, pero también había las opciones de mantener o traspasar. Si nosotros buscamos poder aflorar esas minusvalías y compensarlas en la Renta, me temo que implicará pagar costes adicionales.
No olvidemos en ningún momento de que, si nos encontramos en una situación como ésta, es por haber invertido en un activo de alto riesgo como las small caps. Por tanto, el riesgo de exclusión de mercado debería de haber sido un elemento más a considerar en el estudio de la empresa.